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El Coronavirus y mi trabajo

El coronavirus ha puesto patas arriba nuestro mundo laboral. ¿Qué hay de tu trabajo, tu salario y tus condiciones laborales? ¿Tienes problemas en el trabajo? Syna te ayuda respondiendo a tus preguntas.

Aunque el «Lockdown» se está levantando paulatinamente, muchos afiliados siguen viniendo con preguntas a nuestras secretarías regionales: los restaurantes o las peluquerías siguen con dificultades y los trabajadores tienen que luchar por sus sueldos. Al mismo tiempo, los empleados del sector de la salud o del comercio minorista están trabajando intensamente haciendo horas extras y temiendo por su salud. Te ayudaremos en estos tiempos difíciles a resguardar tus derechos.

→ En syna.ch/coronavirus respondemos a todas las preguntas importantes. Las principales son:

¿Me pagarán si mi empresa está cerrada a causa del coronavirus?

Aún tienes derecho a recibir tu sueldo. Las empresas afectadas pueden solicitar una compensación por trabajo reducido. Recibirás el 80% de tu salario anterior, incluso si trabajas por horas, contrato a plazo fijo o por turnos.

Pertenezco a un grupo de riesgo y tengo miedo de contagiarme en el trabajo. ¿Tengo que ir a trabajar?

Tu empleador debe permitirte trabajar en casa, si es necesario con un trabajo sustitutivo. Si esto no es posible, te debe facilitar un trabajo sin riesgo de contagio y tomar las medidas apropiadas para protegerte. Si esto tampoco es posible o si el riesgo de contagiarte es demasiado alto, puedes negarte a trabajar.
El empleador entonces tiene que eximirte del trabajo y continuar pagando tu sueldo. Sin embargo, puede pedirte un certificado médico. ¡Habla con tu empleador para encontrar una solución juntos!

Mi empleador quiere que comience a trabajar menos horas. ¿Puede hacerlo?

Tu empleador te puede exigir trabajar menos horas solo si así lo estipula el contrato de trabajo o el CCT (Contrato Colectivo de Trabajo). Si aún así te lo ordena, ofrécele activamente tu trabajo. Si luego te envía a casa, no podrá deducir este tiempo como menos horas.

¿Puede mi empleador ordenar una compensación en horas extras o enviarme a unas vacaciones cortas?

Si el contrato de trabajo o el CCT no incluye ninguna cláusula determinada, el empleador no podrá ordenar unilateralmente la compensación a través de horas extras con tu tiempo libre. Esto requeriría el consentimiento de los trabajadores afectados. Las vacaciones tampoco pueden ser impuestas unilateralmente con poca antelación. Estas deben ser consensuadas teniendo en cuenta tus necesidades y normalmente con 3 meses de anticipación.
La situación es diferente si aún hay vacaciones u horas extras del año anterior que ya deberían haberse tomado.

¿Puede mi empleador cancelar mis vacaciones?

Las vacaciones ya acordadas sólo podrán retrasarse por motivos graves como es mantener las operaciones. Este puede ser el caso, por ejemplo, si hay muchas ausencias por enfermedad.

¿Tengo que tomar las vacaciones acordadas aunque ya no pueda viajar?

Sí, debes tomar las vacaciones convenidas, aunque no puedas viajar. La ley exige que los empleados puedan recuperarse durante las vacaciones. ¡Por el momento es posible, aunque sólo en casa!

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